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Instalación de Placas Solares en Comunidades de Propietarios

En este artículo, te contaremos si es posible la instalación de placas solares en comunidades de propietarios, y cómo les beneficia el autoconsumo colectivo.

 

Dados los últimos acontecimientos acaecidos en España con respecto a las subidas energéticas del último año, cada vez más comunidades de propietarios están empezando a valorar nuevas maneras de suministro energético. Aunque principalmente la razón es por el ahorro presumible en las facturas, también se apuesta por ser respetuosos con el medio ambiente y conseguir un mayor aprovechamiento de los recursos naturales.

 

En este artículo, trataremos de responder a las preguntas más frecuentes y cuáles son los principales beneficios, si es que deciden apostar por la instalación de placas solares en comunidades de propietarios.

 

El autoconsumo energético ya no es algo exclusivo para viviendas unifamiliares, recientemente han cambiado las mayorías necesarias en las juntas de propietarios, para facilitar dicha instalación. El autoconsumo colectivo puede ser la solución perfecta para repartir los gastos entre todos los propietarios.

 

Pero, ¿qué es el autoconsumo colectivo?

 

Según se establece en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, en el Capítulo II, apartado (m):

 

“Autoconsumo colectivo: Se dice que un sujeto consumidor participa en un autoconsumo colectivo cuando pertenece a un grupo de varios consumidores que se alimentan, de forma acordada, de energía eléctrica proveniente de instalaciones de producción próximas a las de consumo y asociadas a los mismos.”

 

Según también se define en el RD, un sistema de autoconsumo colectivo puede pertenecer a cualquiera de las siguientes modalidades:

  1. Autoconsumo colectivo sin excedentes: varios consumidores se ponen de acuerdo para realizar una instalación de placas solares en una comunidad, con un mecanismo antivertido que impida la inyección de los excedentes energéticos a la red eléctrica.
  2. Autoconsumo colectivo con excedentes. En estas modalidades las instalaciones de producción próximas y asociadas a las de consumo podrán, además de suministrar energía para autoconsumo, inyectar energía excedentaria en las redes de transporte y distribución.
    1. Modalidad con excedentes acogida a compensación: Pertenecerán a esta modalidad, aquellos casos de suministro con autoconsumo con excedentes en los que voluntariamente el consumidor y el productor opten por acogerse a un mecanismo de compensación de excedentes.
    2. Modalidad con excedentes no acogida a compensación: Pertenecerán a esta modalidad, todos aquellos casos de autoconsumo con excedentes que no cumplan con alguno de los requisitos para pertenecer a la modalidad con excedentes acogida a compensación o que voluntariamente opten por no acogerse a dicha modalidad.Se permite que los excedentes energéticos se vendan al mercado eléctrico. Para formalizar la venta de energía, el titular (los consumidores) tiene dos opciones:
      1. mediante la firma de un acuerdo de representación con alguna comercializadora.
      2. dándose directamente de alta como productor en el Registro Administrativo de las Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica (RAIPRE).

¿A quién va dirigido el autoconsumo colectivo o compartido?

 

El autoconsumo colectivo o compartido es una opción viable para muchos tipos de instalaciones como pueden ser comunidades de propietarios, empresas que se encuentren en un mismo edificio de oficinas, polígonos industriales o parques empresariales, zonas residenciales, etc.

 

En el caso que nos compete, el autoconsumo compartido o colectivo más común es el que se da en comunidades de propietarios, existiendo dos posibilidades:

 

Si varios propietarios quieren llevar a cabo la instalación de autoconsumo colectivo, tendrán que firmar un “acuerdo de coeficiente de reparto” y establecer en él, cómo se va a repartir la producción fotovoltaica en función de un coeficiente que se debe comunicar a la distribuidora.

 

Autoconsumo colectivo en las zonas comunes de una comunidad de propietarios. La modificación del artículo 17.1 de la LPH, ha reconfigurado la clasificación de autoconsumo colectivo o compartido.

 

  • Autoconsumo colectivo básico. Toda la comunidad utiliza la energía generada para abastecer las zonas comunes. En particular, iluminación de pasillos y escaleras, puerta del garaje, ascensor, etc.
  • Integral. Este tipo de autoconsumo, además de abastecer las áreas comunes anteriormente mencionadas, cubre la demanda energética privada de cada vivienda. Eso sí, el gasto de cada vivienda corresponde a la potencia contratada por cada propietario.
  • Instalación flexible. Algunos propietarios utilizan la instalación de autoconsumo, el resto tiene la posibilidad de incorporarse en el futuro al disfrute de dicha instalación.

 

Requisitos para optar a la instalación de placas solares en comunidades de propietarios

  • Cerciorarse que la comunidad tenga la superficie apta para la instalación de placas solares. (Estudio de autoconsumo: ubicación y superficie disponible, consumo diario, orientación que tendrán las placas para el máximo aprovechamiento de la incidencia de la luz solar).
  • Contactar con el administrador o presidente de la comunidad(debe haber una cantidad significativa de propietarios que aprueban la instalación del sistema).
  • Contactar con una empresa de instalación de placas solares
  • Llevar el proyecto a votación
  • Firmar y llevar a cabo el proyecto

Beneficios de la instalación de placas solares en comunidades de propietarios

 

Los precios de la energía tradicional están subiendo cada vez más, contar con un sistema de estas características puede ser un buen plan, que proporcionará numerosas ventajas:

  • Ahorro. La reducción del gasto energético que proporcionan las placas solares puede conseguir que, en pocos años, se amortice el coste de su instalación. Es más, cuando dicha instalación se realiza en una comunidad de propietarios como sería el caso que nos ocupa, el precio de la misma es compartido y resulta mucho más rentable.
  • Duración. Los paneles solares tienen una alta durabilidad, de 25 años aprox., y no requieren demasiado mantenimiento. Sería un proyecto a largo plazo.
  • Energía Limpia. Energía renovable procedente de fuentes naturales.
  • Autoconsumo. El autoconsumo que permiten estas instalaciones reduce la dependencia de las fuentes de energía externas.
  • Transición energética. Creamos un entorno más sostenible.
  • Energía sobrante. La energía sobrante puede ser vertida a la red eléctrica y la comunidad sacaría rédito por ello.

 

 

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