Categorías: ConsejosNormativa

¿Pueden ser grabadas las reuniones de vecinos?

Con nuevo presidente ya en La Colmena, y una vez fue aprobado -dicho sea de paso- el presupuesto de gastos para 2016, se armó la marimorena, aunque con retraso, en la comunidad. Y todo por emular en una nueva junta, esta vez extraordinaria, a los periodistas.

Con menos de un mes de tiempo con respecto a la anterior junta ordinaria, en que fue elegido Mariano nuevo «metomentodo», según desdicha de Paquita, el administrador de la finca, Gregorio, convocó a petición del 25% de los propietarios, y por lo tanto con arreglo a la Ley, una nueva junta. El objeto de la misma: reclamar vía judicial las cuotas pendientes del local que existe en el edificio, un gimnasio.

A la junta acudió por primera vez y para sorpresa de algunos vecinos el propietario del gym, Tomás, familiar lejano de Paquita, al que le une todavía algunas rencillas económicas. De hecho, esta vecina era la única que sabía que podía acudir a la reunión y hacer uso de su voz  que no de su voto ¡por moroso! Una voz que su tía (por parte de prima) no dudó en grabar -para colmo de los asistentes-.

Paquita quería demostrar que su «sobrino» mentía sobre sus buenas intenciones de pagar las cuotas atrasadas y aprovechar para sacarle los colores cuando blasfemara sobre ella. Hablamos de insultos o improperios.  Ella también los provocó sin medir las consecuencias: algunos vecinos, los que la tenían más ganas, secundaron los insultos. Y no por dar la razón a Tomás, sino por volcar su inquina sobre Paquita.

Entre los «Tú más» que se lanzaron, Mariano, el presidente, descubrió quesu vecina escondía una grabadora y puso la voz de alarma entre los allí presentes. ¡Nos está grabando! Pronto surgió la duda de si Paquita estaba en su derecho de hacerlo o debía avisar con antelación al resto de vecinos.

Gregorio aclaró el asunto: «No es asunto baladí Paquita:  la grabación de una junta de propietarios sin permiso ni autorización de la comunidad constituye un delito». Y matizó: «Tan sólo se permite esta grabación a petición de quien ejerza de secretario-administrador como es mi caso y siempre previo informe a la junta y haciendo uso de la misma como herramienta de trabajo para la redacción de las actas». [bctt tweet=»‘La grabación de una junta de propietarios sin autorización de la comunidad constituye un delito'» username=»Afisecan»]

«Si hubiera comunicado su intención al inicio de la junta, se le podría haber autorizado con la mayoría simple de los asistentes, aunque lo dudo teniendo en cuenta su finalidad», manifestó el administrador. Ahora cualquier propietario está en su derecho de denunciar su osadía ante la Agencia de Protección de Datos, quien dictará la correspondiente resolución. Y terminó: «No por mucho grabar se pilla al acusador».

Fuente

¿Te ha gustado nuestro artículo?

Afisecan

Ver comentarios

Entradas recientes

Consecuencias legales para vecinos morosos: qué esperar tras la demanda

La morosidad en las comunidades de propietarios es un problema que puede generar tensiones y…

3 meses hace

Costos Asociados a la Instalación y Mantenimiento de Antenas en Comunidades de Propietarios

Las comunidades de propietarios suelen enfrentar decisiones importantes relacionadas con la instalación y mantenimiento de…

3 meses hace

Gestión del personal en las piscinas comunitarias

La gestión del personal en las piscinas comunitarias es un aspecto crucial para garantizar el…

3 meses hace

Limpieza de sótanos y trasteros en Comunidades de Propietarios: estrategias eficaces

En las comunidades de propietarios, la limpieza de áreas comunes como sótanos y trasteros es…

3 meses hace

Antenas Colectivas vs. Antenas Individuales en Comunidades de Propietarios: Pros y Contras

En las comunidades de propietarios, una de las decisiones importantes que se deben tomar es…

3 meses hace

Cómo actuar ante el abandono de mascotas en comunidades de propietarios

El abandono de mascotas es un problema cada vez más frecuente que afecta tanto a…

3 meses hace