El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha endosado un mazazo este miércoles a la banca española al dictaminar que las cantidades indebidamente cobradas por las cláusulas suelo de las hipotecas con carácter retroactivo. De esta manera, no sólo se devolverán aquellas cantidades cobradas desde mayo de 2013, tal y como sentenció el Tribunal Supremo. El alto tribunal consideró ya entonces que las cláusulas suelo eran abusivas porque los contratantes no habían sido informados de sus efectos económicos, aunque estimó que su nulidad sólo debería tener efectos a partir de esta sentencia. Ahora, con esta resolución, los bancos españoles deberán reembolsar todo el dinero ingresado de más desde el inicio de cada contrato hipotecario y la cantidad podría ascender a algo más de 4.000 millones de euros.
Lo primero, ¿cómo puedo saber si mi hipoteca una cláusula suelo?
Comprueba el recibo del banco prestando atención al tipo de interés que se aplica. Si este tipo, al que hay que restar el porcentaje perteneciente al diferencial, es superior al del euríbor —que ahora es negativo— es que tu contrato contiene una barrera de suelo en el tipo de interés.
Tengo la cláusula desde que contraté mi hipoteca en 2009… ¿me afecta la sentencia?
Sí, precisamente la diferencia entre los dictámenes actual de la justicia europea y la del Supremo de 2013, es que el tribunal español limitó a ese año el período de reclamación de las cantidades a devolver por la banca. Ahora el TJUE estima que deben devolverse todas las cantidades cobradas de forma indebida desde que las entidades empezaron a incorporar estas cláusulas en sus contratos, allá por 2009.
¿Y cuánto puedo reclamar?
Dependerá de cuál sea el suelo de interés que aparezca en tu contrato. Las organizaciones de usuarios poseen calculadoras en su webs —como esta de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU)— que facilitan el cálculo. Lo que es seguro es que la cantidad será superior a la que correspondía hasta ahora para aquellas hipotecas contratadas de 2009 a 2013. «Para una hipoteca a 15 años de 150.000 euros, el banco tenía que devolver antes a su cliente aproximadamente 2.700 euros al cliente, pero si el préstamo se firmó con cláusula suelo en 2009, la devolución se elevaría a 4,850 euros, un 75% más», explica a 20minutos Jose Baltasar Plaza Frías, socio director de Bufete Rosales.
¿Cuándo recibiré el dinero?
Es una de las grandes dudas que se abren con esta sentencia. La doctrina del TJUE es de rango superior a las legislaciones nacionales y debe aplicarse, así que los bancos van a tener que devolver el dinero. Otra cosa es cuándo van a hacerlo y si obligarán antes a sus clientes a denunciarles ante la Justicia, que es lo que parece deducirse tras escuchar las reacciones a la sentencia por parte de la patronal bancaria y la de las cajas. Si fuera así, el proceso se dilataría incluso años en los vericuetos judiciales. Pero el PSOE apunta a que analiza con el Gobierno la posibilidad de poner en marcha algún «procedimiento extrajudicial» para que los afectados recuperen su dinero pronto, sin esperar a juicios «prolijos y costosos» para el ciudadano.
Pero… ¿por qué beneficiaría a los bancos judicializar los casos?
Primero, porque ahuyentaría a muchos clientes, pese a que la sentencia de la TJUE debería bastar a los jueces para dictaminar a favor de ellos en la devolución de las cantidades ingresadas de más. Con un dictamen en este sentido, la banca debería incluso pagar hasta las costas judiciales. Pero también podrían querer demostrar ante los jueces, caso a caso, que las cláusulas eran «transparentes» y que las conocían sus clientes. Es la estrategia que, por ejemplo, está siguiendo el Banco Sabadell, que se niega a devolver cualquier tipo de cantidad si no lo dictamina así la Justicia. «Muchos bancos tienen provisionados los millones correspondientes a estas devoluciones, pero a algunos como Liberbank les hace más agujeros que a otros como el BBVA», dice Plaza. De ahí que las acciones de Liberbank sean hoy las que sufren un mayor descalabro en Bolsa.
Lo tengo claro, voy a denunciar… ¿qué tengo que hacer?
Las asociaciones de consumidores aconsejan que una vez calcules lo que te debe el banco, presentes una reclamación en alguna oficina de la entidad financiera. Aquí tenemos varios escenarios: que el banco acepte reintegrarte la cantidad y firmar un nuevo contrato sin la cláusula suelo —es la política que siguen varias entidades que llevan sin firmar hipotecas variables con suelo desde hace años— o que el banco se niegue. En ese caso, puedes reclamar ante el Banco de España, informarte de las demandas colectivas en las asociaciones de consumidores o directamente acudir a reclamar ante los tribunales.
¿Me puedo fiar del acuerdo con el banco?
«Yo no lo haría teniendo en cuenta los precedentes anteriores», comenta Plaza Frías. «Sabemos que durante estos años algunos clientes han llegado a acuerdos con sus entidades, pero luego hemos revisado esos pactos y algunos son ciertamente infumables, impresentables y de nuevo abusivos. El único idioma que conocen los bancos es acudir a los tribunales y esa cláusula debe eliminarse de forma notarial», añade el jefe del Bufete Rosales.
Ya lo denuncié y tengo sentencia previa… ¿me devolverán lo de antes de 2013?
Posiblemente no. Según explican los abogados de Bufete Rosales, si el acuerdo al que hubieras llegado con el banco aún no ha sido ratificado judicialmente, tendrías todavía una oportunidad para reclamar las cantidades injustamente cobradas de 2009 a 2013. «Pero si el acuerdo ya ha sido homologado en sede judicial, ya no podrás reclamar las cantidades de forma retroactiva», consideran.
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